Multas en Villa Constitución: Juzgado de Faltas
Dirección, teléfono y horario del Juzgado de Faltas de Villa Constitución, y cómo consultar, descargar o pagar una multa.
Verificado el 23 de septiembre de 2026 con las fuentes que figuran al final.
El Juzgado Municipal de Faltas de Villa Constitución funciona en Rivadavia 1475, de lunes a viernes de 7 a 13, y es la oficina que tramita las multas por infracciones de tránsito y por otras faltas municipales (comercio, obras, higiene, ruidos molestos, entre otras).
Lo esencial
- Dirección: Rivadavia 1475, Villa Constitución.
- Teléfono: 03400-477857, interno 104.
- Horario: lunes a viernes de 7 a 13.
- La ciudad tiene dos juzgados de Faltas (Nº1 y Nº2); el domicilio y el teléfono verificados corresponden al registro provincial de juzgados habilitados para infracciones de tránsito.
- El pago voluntario de una multa, reconociendo la infracción, tiene una reducción del 25% sobre el mínimo previsto para esa falta.
Cómo se inicia el trámite de una multa
Cuando un inspector o un agente de tránsito labra un acta, entrega una copia al infractor en el momento. A partir de ahí, y aunque la persona se niegue a firmar, queda citada a comparecer ante el Juzgado Municipal de Faltas después de las 72 horas y dentro de los cinco días hábiles siguientes. Si no se presenta, la incomparecencia se toma como agravante y puede recargar la pena hasta un 50%.
Las notificaciones y citaciones se hacen en forma personal, por carta certificada con aviso de recepción o por telegrama colacionado.
Pagar con descuento o pedir una condonación
El Código Municipal de Faltas prevé dos caminos distintos para reducir el monto de una multa:
- Pago voluntario (antes del fallo): si la persona reconoce la infracción, puede pagar con una reducción del 25% sobre el mínimo de la multa correspondiente. Para infracciones de tránsito, este beneficio puede usarse hasta dos veces por año cuando se trata de faltas graves.
- Condonación parcial (después de la sentencia firme): una vez firme el fallo, el Departamento Ejecutivo Municipal puede condonar parte de la multa aplicada, pero esa condonación parcial no puede superar el 40% del monto. La condonación total solo procede si se considera que hubo culpa leve o que la falta no es grave.
Si la multa queda firme y no se paga, la Dirección de Asuntos Jurídicos intima al infractor a pagar dentro de los diez días siguientes; vencido ese plazo, el municipio puede iniciar el cobro por vía de apremio (judicial).
Apelar una multa
El Código Municipal de Faltas prevé la posibilidad de apelar un fallo del Juzgado ante el Intendente Municipal, dentro de un plazo de cinco días hábiles administrativos desde la notificación, para determinadas multas según su monto. Como el Código data de 2001 y no actualiza los valores en pesos, conviene consultar en el Juzgado si la multa recibida está alcanzada por esa vía de apelación.
El sistema de infracciones de tránsito
Desde 2017 el municipio está adherido al Sistema Nacional de Infracciones de Tránsito, lo que permite notificar infracciones por correo postal y mejorar el seguimiento administrativo de los expedientes. El Juzgado de Faltas conserva su independencia jurisdiccional dentro de ese sistema.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no me presento después de recibir el acta?
La incomparecencia injustificada se considera un agravante y puede recargar la pena hasta un 50%, según el Código Municipal de Faltas.
¿Puedo pagar la multa con descuento?
Sí, si reconocés la infracción y no corresponde a una falta grave reiterada, el pago voluntario tiene una reducción del 25% sobre el mínimo de la multa.
¿El municipio puede perdonarme parte de la multa después del fallo?
El Departamento Ejecutivo puede condonar parcialmente una multa ya firme, pero esa condonación no puede superar el 40% del monto aplicado.
¿Necesito un abogado para presentarme al Juzgado de Faltas?
No es obligatorio: el Código Municipal de Faltas establece que la defensa letrada solo es necesaria si el infractor la pide expresamente.
- Gobierno de Santa Fe – Juzgados de Faltas habilitados, Región 4/93816): dirección, teléfono y horario del Juzgado de Faltas de Villa Constitución.
- Código Municipal de Faltas de Villa Constitución (PDF, villaconstitucion.gob.ar): procedimiento, plazos de comparendo, pago voluntario con 25% de reducción, condonación parcial de hasta 40%, apelación.
- Directorio de áreas y empleados de la Municipalidad de Villa Constitución: existencia de dos Juzgados de Faltas (Nº1 y Nº2) y sus jueces.
- El Municipio firmó un convenio de cooperación con la Agencia de Seguridad Vial (villaconstitucion.gob.ar): adhesión al Sistema Nacional de Infracciones de Tránsito.
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